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El 17 de Noviembre del 2004, entró en vigencia en Chile la nueva Ley de Matrimonio Civil, la cual vino a derogar la ley que existía desde el año 1884. En términos generales, la nueva «ley de divorcio» se refiere a los requisitos para contraer matrimonio, la forma y celebración de éste, la separación de los cónyuges, la nulidad y disolución del matrimonio. La nueva ley incorpora al sistema jurídico chileno el llamado divorcio vincular, y además se destaca, en el caso de divorcio y de la nulidad, la posibilidad de una compensación económica para el cónyuge que se dedicó al cuidado de los hijos y/o a las labores del hogar y no pudo realizar una actividad remunerada o lo hizo sólo parcialmente. La compensación económica la puede demandar el marido o la mujer, según sea el caso.El divorcio se establece como una causal de terminación del matrimonio y está regulado en el Art. 42 de la nueva Ley de Matrimonio Civil.

¿Qué es el Divorcio de Mutuo Acuerdo?
El divorcio de mutuo acuerdo o también conocido como divorcio express, es el tipo de divorcio más rápido y fácil de realizar. Aquí ambas partes quieren lo mismo (divorciarse), así que solo bastará con realizar el trámite en el Juzgado de Familia correspondiente, presentar la solicitud ante el Tribunal y esperar la fecha de audiencia.

Requisitos del Divorcio de Mutuo Acuerdo

Como todo tipo de trámite judicial, el divorcio también tiene algunos requisitos. Para que el Divorcio de Común Acuerdo ocurra, en primer lugar ambas personas deben querer divorciarse (ambos deben estar de acuerdo) y también deben llevar separadas (que no vivan juntas) más de 1 año.Este último punto es de vital importancia. Si las personas no llevan separadas más de 1 año, entonces NO podrán divorciarse.¿Qué significa estar separados? Para Ley estar separados es dejar de vivir juntas. Si la pareja no ha dejado de vivir junta, entonces no podrá divorciarse.
¿Qué es el Divorcio Unilateral?
Es un tipo de divorcio que ocurre cuando solo una de las partes quiere divorciarse y la otra no. Supongamos que yo Jaime estoy casado con Rosario. Yo por razones personales quiero separarme, pero ella no. ¿Qué hacer en este caso? Debo presentar una demanda por Divorcio Unilateral para que logremos llegar a un acuerdo y nos divorciemos.
Es un tipo de divorcio más largo y complejo. ¿Por qué? Porque al no existir un acuerdo de divorcio, debemos pasar por más audiencias antes el juez hasta que se logre un completo acuerdo antes de separarnos.

Requisitos del Divorcio Unilateral

Como en todos los tipos de divorcio en Chile, aquí también hay algunos requisitos que cumplir. Para este caso el primer requisito sería estar separados por 3 años o más. ¿qué quiere decir esto? Que la pareja debe haber dejado de vivir juntos por el periodo recién mencionado.
Junto con esto no debe existir acuerdo de separación. Es importante que solo una de las partes quiera divorciarse, ya que si no, entraría en juego el divorcio de común acuerdo.
¿Qué es el Divorcio culposo ?
Mi pareja fue infiel ¿puedo divorciarme de él? Si mi pareja me golpea ¿puedo solicitar el divorcio?
Casarse tiene un compromiso: respetarse, cuidarse y amarse. Si una de las partes falta a este compromiso (ya sea golpeando a la pareja, violentandola sicológicamente, siendo infiel, entre otros), entonces la otra parte puede pedir el divorcio por culpa.
En definitiva el divorcio culposo es el tipo de divorcio que ocurre cuando una de las partes que compone el matrimonio (hombre o mujer), falta a los compromisos básicos de éste.
El divorcio culposo se puede pedir en cualquier momento. 1 día después de casados o 99 años después de casados. A diferencia de los otros tipos de divorcio aquí no hay que llevar un tiempo separados y por lo tanto tampoco hay que obtener el documento de cese de convivencia para divorciarse.

Requisitos del Divorcio culposo

A diferencia de los otros 2 tipos de divorcio (divorcio de común acuerdo y divorcio unilateral), aquí no hay que separarse (dejar de haber vivido juntos). El único requisito es haber faltado al compromiso del matrimonio. Pero ¿qué actos se consideran faltar al compromiso del matrimonio?
La ley es clara en este sentido y establece las siguientes causales para el divorcio por culpa:
• Que uno de los cónyuges tenga problemas de alcoholismo o drogadicción
• Que uno de los cónyuges presente conductas homosexuales
• Que uno de los cónyuges haya sido infiel
• Que uno de los cónyuges haya hecho abandono del hogar
• Que uno de los cónyuges haya violentado física o sicológicamente al otro
Cualquiera de estas causales da lugar para que la otra parte pida el divorcio.
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